Las oficinas salitreras Humberstone y Santa Laura se encuentran ubicadas en el desierto del norte grande de Chile, a 47 km del puerto de Iquique, región de Tarapacá. En este árido ambiente se procesó industrialmente el mayor yacimiento de salitre del mundo.
Distantes entre sí por 1.5 km, estas oficinas comparten una historia similar ligada a la explotación del llamado “oro blanco”, desde el último cuarto del siglo XIX. Este tipo de explotación se basó en el desarrollo de unidades productivas dispersas en el territorio nortino, la técnica de elaboración del salitre fue evolucionando hasta la consolidación del sistema llamado Shanks -ambas oficinas la utilizaron- lo que permitió mejorar el volumen de producción de la mano de la inversión extranjera en nuestro país. Con ello se atrajo mayor cantidad de población trabajadora y a sus familias.
Construidas en 1872, y con diversos cambios de propietarios, estas oficinas abrieron o paralizaron sus faenas de acuerdo al ritmo de los mercados internacionales, especialmente a partir de la crisis de 1914 y las que le sucedieron (1929). Su cierre definitivo ocurrió afines de la década de 1950.
El saqueo, las demoliciones y la falta de mantenimiento y conservación antes de su inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial la han comprometido, y es por ello que el bien está en la Lista en Peligro desde su inscripción en 2005. Esto permite que con cargo al Fondo de Patrimonio Mundial se le asigne inmediatamente asistencia de emergencia al bien amenazado, entre otras medidas.
Hoy constituyen un conjunto integral y representativo del fenómeno del salitre y las formas de trabajo y vida que este generó. Humberstone conserva principalmente su campamento y Santa Laura su área industrial, permitiéndonos así conocer cabalmente la naturaleza de la explotación del nitrato (instalaciones, infraestructura energética, diseño urbano) y los distintos aspectos de la vida cotidiana asociada a la industria (edificaciones habitacionales, espacios públicos, edificios de uso comunitario, etc.). Por lo anterior el sitio reconocido por la Convención se circunscribe “a la categoría del patrimonio industrial en particular, que en su esencia es tanto arqueológico como histórico”.
Discussion about this post